jueves, 17 de septiembre de 2009

La obligatoriedad de la educación preescolar

La duración de la educación obligatoria se ha ido ampliando paulatinamente, según la evolución histórica del país. En noviembre de 2002 se publicó el decreto de reforma a los artículos 3° y 31° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece la obligatoriedad de la educación preescolar; en consecuencia la educación básica obligatoria comprende actualmente 12 grados de escolaridad.
La reforma constitucional del año 2002 permitió superar indefiniciones legales que subsistían respecto a la educación preescolar. Algunas de sus principales implicaciones son las siguientes:
Ratificar la obligación del Estado de impartir la educación preescolar, medida establecida desde 1993.
La obligación de los padres o tutores de hacer que sus hijos o pupilos cursen la educación preescolar en escuelas públicas o privadas.
Que para el ingreso a la educación primaria será requisito –en los plazos y con las excepciones establecidas en el propio decreto haber cursado la educación preescolar, considerada como un ciclo de tres grados.
La obligación de los particulares que imparten educación preescolar de obtener la autorización para impartir este servicio

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